miércoles, 26 de enero de 2011

21.- Una canonización que precede al nacimiento

El documento, que suscitó tanta admiración entre prelados y expertos, en un primer momento parecía sencillo, y todavía más sencillas sonaban las palabras que Pío IX había escrito de su puño y letra a la petición: “Devolvemos la petición con las facultades al juicio y a la prudencia del Obispo, siempre que se trate de mujeres que vivan en comunidad”.

Pero en realidad, para los expertos en derecho, aquellas expresiones eran también la solemne aprobación de una congregación religiosa de mujeres. Se obtuvo así un hecho muy raro y quizá único en la historia: la suprema aprobación de una congregación religiosa antes de que naciera. El hecho hace pensar en lo que le sucedió a S. Juan Bautista, que fue canonizado antes de su nacimiento.

Por este motivo, aquellos dignatarios y aquellos expertos daban vueltas y vueltas al documento que tenían en sus manos, leían y releían sin dar crédito a lo que veían, luego se lo devolvían a la neofundadora con rostro estupefacto. Mons. Pacca fue el primero en maravillarse antes de poner dos sigilos lacrados sobre la cinta que sujeta el breve al cartón: Sigillum Bartholomaei Pacca. A la mirada de la neofundadora, aquellos circulitos de lacra tenían que aparecer más hermosos que cualquier piedra preciosa. Ella se llevará el Breve siempre consigo y lo amará quizá como ninguna mujer haya amado tanto la alianza matrimonial. En su escala de valores, después de la Eucaristía y el Evangelio, estaba el Breve.

En términos sencillos, en el coloquio con el Papa se había desatado este proceso lógico confirmado por el soberano documento. Para la Obra de la Adoración Reparadora se necesita el Santísimo, y para tener el Santísimo tiene que haber una comunidad de mujeres. Por tanto, se debe fundar esta comunidad. Pero como es necesario expresar la fe con obras de caridad, estas religiosas no se limitarán solamente a la Adoración, sino que extenderán la reparación también a las obras de caridad, según los tiempos y los lugares. Por consiguiente, su característica consistirá en impregnar las obras caritativas del espíritu de reparación que toman de la Eucaristía. El proyecto de Victorine había sido ampliado y concretado por el Vicario de Jesucristo.

Ella quería la aprobación de la gran familia eucarística compuesta por Hijos e Hijas de Jesús Redentor y María Recon­ciliadora, que constituían una especie de cruzada de oración, abierta a todos los fieles; también deseaba el permiso de tener el Santísimo en diversos oratorios que se abrirían como centros del movimiento. Sin embargo, Pío IX concede también la facultad de fundar una congregación religiosa que presida el vasto movimiento eucarístico, y quiere que las religiosas expresen la reparación eucarística también mediante obras de caridad, que deben ser abiertas para adaptarse a las exigencias de la sociedad contemporánea. Victorine pensaba sólo en una reparación contemplativa, Pío IX quiere que a la reparación contemplativa se añada una reparación activa. Sin embargo, una y otra, deben salir de almas eucarísticas.

Ahora, en el espíritu de la neofundadora, resplandecía con luz sobrenatural el proyecto que había surgido de la síntesis armónica entre la espiritualidad de Victorine y la de Pío IX. Por eso, Madre Le Dieu veneraba a Pío IX como fundador, o al menos como cofundador de su Obra.

Ella comprendió muy bien que para fundar la Obra de la Adoración Reparadora no bastaba con el Santísimo, sino que se necesitaban también religiosas que prodigaran cuidados de esposas a Jesús Eucarístico. El Breve requería mujeres que vivieran una vida en común. De acuerdo con esto, este proyecto no podía ser realizado por un Santo, como por ejemplo S. Julián Eymard, porque se necesitaban religiosas y no religiosos.

Madre Le Dieu era simpática cuando, con ojos llenos de entusiasmo y con acento catedrático, repetía la frase del Breve: “mientras se trate de mujeres”.

Todas las cosas de este mundo tienen sus límites, por eso también el Breve que, aún siendo excepcional, tenía los suyos propios. Iniciaba una obra comenzando desde el tejado y otorgaba distintivos de generalísimo cuando no había ni siquiera un soldado.

Todos los privilegios que el Breve concedía a Madre Le Dieu, poniéndola bajo la dependencia directa de la Santa Sede, en gran parte la hacía exenta de la autoridad de los obispos. Esto estaba destinado a suscitar perplejidad o irritación en Francia, donde algunos obispos respiraban aire galicano y por eso eran celosos de su autonomía.

En la audiencia papal, Victorine había pedido y obtenido de Pío IX el permiso de vestir el hábito religioso. La ceremonia fue celebrada por el padre Régis, procurador de los Trapenses, en la capilla de las Religiosas de San José de la Aparición, como se revela en la declaración que seguidamente éste le otorgó.

¡Gloria a Dios sólo!

Todo por medio de María y San José

Roma, 16 de Abril de 1863

Revestida por el santo hábito religioso y por las insignias bendecidas por el Sumo Pontífice Pío IX en la audiencia particular el 15 de enero de 1863,

y autorizada verbalmente por Su Santidad a conservarlo y llevarlo como testimonio de mi consagración total a la Obra de la Adoración Reparadora perpetua,

he recibido con este hábito la preciosa bendición de mi Padre espiritual, que representa para mí a Dios mismo, el Revd. Padre Régis, procurador de los Trapenses en Roma:

He ido a la tumba de los santos apóstoles Pedro y Pablo para renovar el voto positivo hecho a los pies del Santo Padre, el Papa, voto de abandono a la voluntad divina y de entrega absoluta a todas las obras de fe y de caridad que me sean posibles, bajo la obediencia de los obispos católicos, para la gloria de Dios y la salvación de las almas.

Sr. M. J. de J. Le Dieu

De todo lo cual doy fe y firmo la presente en la Trapa de Mortagne

(Orne), 12 de Agosto de 1869.

Fr. Régis Ab. Proc. Gen. de la Trapa.

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